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Ley de la Segunda Oportunidad para Particulares | Gon & Ber Defensa Legal
Ley de la Segunda Oportunidad para Particulare

Ley de la Segunda Oportunidad para Particulares

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¿Tienes Deudas que no puedes pagar?

¿Conoces la Ley de Segunda Oportunidad para particulares?

 

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad para Particulares? – Ley 25/2015

Es la Ley que ofrece importantes posibilidades a las personas en situación de insolvencia abriendo la puerta, tanto a particulares como a autónomos, para que puedan tener el mismo trato que las empresas ante una deuda a la que no pueden hacer frente.

Las personas físicas, a partir de la entrada en vigor de esta Ley de Segunda Oportunidad, tiene la oportunidad de renegociar las deudas que hayan contraído y poder quedar liberados de ellas. Supone de facto la condonación de deudas, no de todo tipo, y se lleva a cabo mediante la articulación de un proceso específico de concurso de acreedores.

A continuación os daremos la Claves para conocer y entender esta Ley.

¿Cuáles son los procedimientos que hay que seguir?

Consta de dos fases:

    1. Acuerdo extrajudicial de pagos.  A través de un notario, se intentará mediar para llevar a un acuerdo/negociación de la deuda entre el acreedor y deudor; o en todo caso se nombrará un mediador concursal para que realice este acuerdo (duración máxima de dos meses). En caso de no llegar a un acuerdo, se iniciará la segunda fase.
    2. Concurso consecutivo. Ante el Juez Mercantil, se llevará a cabo la liquidación ordenada del patrimonio del deudor. Si no cubriera la deuda con patrimonio activo, el deudor deberá solicitar la exoneración del pasivo no satisfecho. El Concurso de Acreedores es el procedimiento a seguir, al tratarse de una situación de insolvencia, que cualquier persona física debe seguir al mantener unas deudas inasumibles; una vez liquidado su patrimonio.

¿Quién podría acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

Es una Ley pensada para toda clase de personas físicas (autónomos, empresarios o unidades familiares), que tenga una situación límite de insolvencia y que no pueda afrontar las deudas que ha contraído; y que sean considerados deudores de buena fe.

¿Qué se entiende por deudor de buena fe?

Que haya hecho todo lo posible para no engañar a sus acreedores: no podrá beneficiaste de estas medidas si en los diez años anteriores ha cometido algún delito de índole económica, contra Hacienda o la Seguridad Social, contra los trabajadores, o por falsedad documental. También quedarán excluidos del proceso quienes ya lo hubieran solicitado con anterioridad. Final del formulario

Aun así hay que tener en cuenta que la ley dice que, si en los 5 años siguientes a la exoneración de las deudas un acreedor puede demostrar que un deudor ha actuado con mala fe, o en todo caso tiene ingresos (importantes), podrá solicitar al juez que revoque la aplicación de la Ley a dicho deudor.

¿Qué tipo de deuda se exonera?

La Ley de la Segunda Oportunidad, reconoce el derecho del deudor de ver exoneradas el 100% de sus deudas, una vez liquidado su activo; salvo las contraídas con Hacienda o Seguridad Social, o alimentos.

Una vez sea definitiva la exoneración de deudas, el deudor podrá solicitar la cancelación de sus datos personales de los ficheros de morosidad, y empezar así de cero.

 

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Categoría: Abogacía Española, Hipotecas, Particulares

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